Reforma al Reglamento de la LAASSP: modelo de contrato aprobado por SHCP

Reforma RLAASSP 2022: modelo de contrato en CompraNet

Actualización regulatoria · Contratación pública

Reforma al Reglamento de la LAASSP: modelo de contrato aprobado por SHCP

Ciudad de México · 2 de junio de 2022

Análisis de la reforma publicada el 2 de junio de 2022 al Reglamento de la LAASSP sobre modelos de contrato aprobados por SHCP, publicación en CompraNet y efectos en la formalización contractual.

Referencia

Reforma al Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, relativa al modelo de contrato.

En la edición matutina del Diario Oficial de la Federación del 2 de junio de 2022 se publicó el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Reformas y adiciones relevantes

  1. Artículo 39. Se adiciona la obligación de establecer en la convocatoria el modelo de contrato aprobado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y publicado en CompraNet.
  2. Artículo 81. Las dependencias y entidades deberán observar los modelos de contratos para licitación pública, invitación a cuando menos tres personas y adjudicación directa, así como los modelos de convenios aprobados por la Secretaría y publicados en CompraNet. No se requerirá revisión o validación previa por las áreas jurídicas antes de la formalización.
  3. Artículo 84. En el fallo de la licitación, en la invitación a cuando menos tres personas o en el oficio de adjudicación, deberá señalarse el número, objeto, monto y vigencia del contrato, así como el porcentaje y monto de la garantía de cumplimiento, y si ésta es divisible o indivisible.

Comentarios

La reforma implica la existencia de un modelo de contrato unificado para las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, elaborado por la SHCP, en sustitución del esquema en el que cada dependencia o entidad elaboraba sus propios modelos.

Esta modificación puede generar seguridad y certidumbre jurídica, al unificar obligaciones contractuales y permitir que los particulares conozcan anticipadamente las obligaciones principales que deberán afrontar. Asimismo, puede favorecer la transparencia, al publicarse el modelo en CompraNet, y abonar al principio de libre concurrencia.

El modelo de contrato tiene especial relevancia porque, conforme al artículo 46 de la LAASSP, aun antes de formalizar el contrato, con la notificación del fallo son exigibles los derechos y obligaciones establecidos en el modelo de contrato del procedimiento de contratación. Además, el modelo forma parte de la convocatoria y, en caso de contradicción entre contrato y convocatoria, prevalece esta última.

También puede facilitar y agilizar la firma de contratos administrativos adjudicados, en la medida en que no tendrán que ser revisados por el área jurídica de cada dependencia o entidad y se conocerá información suficiente para obtener las garantías correspondientes.

Riesgos prácticos

La reforma también puede representar obstáculos si los modelos de contrato no se redactan atendiendo a la naturaleza específica del objeto de contratación. Asimismo, puede generar problemas prácticos para modificar contratos si las autoridades interpretan de forma restrictiva qué modificaciones requieren autorización de la SHCP.

Finalmente, la reforma forma parte de un proceso de centralización de los procedimientos de contratación pública, entonces en favor de la SHCP, sin perjuicio de posibles cambios institucionales posteriores.

Nota editorial: Este texto se incorpora al archivo histórico de MGK Observatorio. Su contenido corresponde al contexto normativo vigente a la fecha de elaboración indicada, por lo que debe leerse considerando posibles reformas, criterios o disposiciones posteriores.

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