Resumen ejecutivo: El Acuerdo implementa un mecanismo digital obligatorio para monitorear el cumplimiento de órdenes de suministro de medicamentos, material de curación e insumos para la salud. El sistema será de consulta pública, emitirá constancias de cumplimiento y requerirá reglas de operación para definir temas críticos como inconformidades, corrección de errores y consecuencias asociadas a los porcentajes de cumplimiento de proveedores.
Referencia: Sistema de Monitoreo al Cumplimiento de Abasto de Insumos para la Salud1
El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se implementa el Sistema de Monitoreo del Cumplimiento del Abasto de Insumos para la Salud, en el marco del Programa Sectorial de Salud 2025-2030, y las facultades de BIRMEX como ejecutor de la consolidación de compras y logística.
Es un mecanismo digital de uso obligatorio para la Secretaría de Salud, Laboratorios de Biológicos y Reactivos de México, S.A. de C.V. (BIRMEX), ISSSTE, IMSS, IMSS-BIENESTAR, Institutos Nacionales de Salud, los Hospitales Federales de Referencia y las demás instituciones que presten servicios de salud que participen en procedimientos de compras de medicamentos, material de curación e insumos para la salud, así como para los proveedores que resulten adjudicados en dichos procedimientos.
Sus funciones principales son:
Funciones principales
- a. Seguimiento de Órdenes: Recabará información detallada sobre si los proveedores cumplen (o no) con las órdenes de suministro solicitadas.
- b. Transparencia y Rendición de Cuentas: El sistema será de consulta pública, por lo que cualquier ciudadano podrá revisar el desempeño de los proveedores.
- c. Certificación de Cumplimiento: El sistema emitirá constancias del porcentaje de cumplimiento de los proveedores en la atención de las órdenes de suministro que reciban, mismas que, de hecho, se contemplan como parte de los Términos y Condiciones (Prebases) para el procedimiento de compra consolidada de medicamentos, dispositivos médicos y material de curación para el ejercicio 2027-2028.
Operación y reglas pendientes
Dicho Sistema estará a cargo de la Subsecretaría de Integración Sectorial y Coordinación de Servicios de Atención Médica (SISCoSAM), en conjunto con la Dirección General de Tecnologías de la Información. Si bien el Acuerdo entrará en vigor mañana (10 de febrero de 2026), la Secretaría de Salud tiene un plazo de 30 días naturales (a partir de la publicación) para publicar las reglas de operación detalladas del sistema, las cuales resultan indispensables para aclarar temas por demás relevantes, como la atención de inconformidades y corrección de errores, así como los elementos de ponderación que deberán tomarse en cuenta para asignar consecuencias a los determinados porcentajes de cumplimiento que presente cada uno de los proveedores.
Esperamos que lo anterior sea de utilidad.
Ciudad de México a 9 de febrero de 2026